La CGE alerta del impacto negativo que las nuevas cotizaciones sociales tendrán en las empresas



La Confederación Granadina de Empresarios (CGE) se ha sumado a la petición que tanto la CEOE como Cepyme han trasladado al Gobierno para la retirada del Real Decreto Ley 16/2013 de 20 de diciembre, referente a los conceptos computables en la base de cotización al Régimen General de la Seguridad Social. La CGE considera que la aplicación de este decreto tendría un impacto negativo en las pequeñas y medianas empresas, tanto en la situación de tesorería de las mismas, como en términos de competitividad. Y sería negativo, por tanto, para el cumplimiento de las actuales expectativas de recuperación de la actividad empresarial y de generación de empleo.
La CGE cree que estos incrementos de las cotizaciones responden a la necesidad de aumentar los ingresos públicos, ya que si bien no se suben los tipos de cotización, sí lo hacen las bases mínimas y máximas para la inmensa mayoría de las empresas, con especial incidencia en las pymes y los autónomos.
Además de exigir al Gobierno la retirada del Real Decreto Ley, las organizaciones empresariales reclaman la constitución de una comisión con los agentes sociales para analizar detalladamente el impacto económico y social de esta medida, así como las consecuencias legales de integrar en el salario los conceptos que no lo son.
En concreto, los incrementos aprobados por el Gobierno son los siguientes:
1. Sube un 2% la base mínima de cotización para los autónomos. Es decir, se pasa de los 858,60 euros de base mínima a los 875,70 euros. Esto significa que la cuota mínima mensual de 256,72 euros sube a 261,83 euros.
2. Sube un 5% la base máxima de cotización, también para los autónomos, por lo que se eleva de 3.425,70 euros a los 3.597,00 euros.
3. En cuanto a los autónomos societarios (que necesariamente deben cotizar como tales por poseer un porcentaje significativo del capital de la empresa) y para los autónomos con más de 10 trabajadores, la base mínima de cotización se eleva hasta los 1.051,50 euros, por lo que la cotización mínima mensual sube desde los 256,72 euros a 313,34 euros; es decir, un dramático incremento del 22%.
4. También, y en general, tanto empresas como autónomos y trabajadores cotizarán desde este mes de enero por conceptos hasta ahora excluidos, como son el plus de transporte, los cheques comida o determinados gastos de manutención, entre otros. Esta medida, que modifica el artículo 109.2 de la Ley General de la Seguridad Social, tiene también un claro objetivo recaudatorio, con el objeto de lograr la sostenibilidad del sistema.